La prestación contributiva por desempleo es la modalidad de paro a la que se accede tras haber cotizado a la Seguridad Social al menos 360 días en los 6 años anteriores a la situación legal de desempleo. Es lo que comúnmente se llama "cobrar el paro" durante el primer año o dos años. Su cuantía es proporcional al salario reciente del trabajador, con topes vinculados al IPREM y a los hijos a cargo.
Marco normativo
- Texto refundido LGSS (RDL 8/2015), arts. 262 a 273.
- Real Decreto 625/1985, sobre protección por desempleo.
Requisitos
Detalle completo en requisitos para la prestación contributiva:
- Estar afiliado y en alta (o asimilada al alta) en un régimen de la Seguridad Social que cotice por desempleo.
- Encontrarse en situación legal de desempleo (despido, fin de contrato, ERE/ERTE, etc.).
- Acreditar al menos 360 días cotizados por desempleo en los 6 años anteriores.
- Inscribirse como demandante de empleo en el servicio autonómico.
- Suscribir el compromiso de actividad ante el SEPE.
- No haber cumplido la edad ordinaria de jubilación (salvo casos específicos).
- Solicitar en plazo de 15 días hábiles desde el cese.
Duración
La duración es proporcional a los días cotizados en los últimos 6 años, según la escala oficial: 1 día de prestación por cada 3 días cotizados.
| Días cotizados | Duración de la prestación |
|---|---|
| 360 – 539 | 4 meses (120 días) |
| 540 – 719 | 6 meses (180 días) |
| 720 – 899 | 8 meses (240 días) |
| 900 – 1.079 | 10 meses (300 días) |
| 1.080 – 1.259 | 12 meses (360 días) |
| 1.260 – 1.439 | 14 meses (420 días) |
| 1.440 – 1.619 | 16 meses (480 días) |
| 1.620 – 1.799 | 18 meses (540 días) |
| 1.800 – 1.979 | 20 meses (600 días) |
| 1.980 – 2.159 | 22 meses (660 días) |
| 2.160 o más | 24 meses (720 días, máximo) |
Cuantía
Se calcula sobre la base reguladora (promedio de las bases de cotización por contingencias profesionales de los últimos 180 días):
- Primeros 180 días: 70 % de la base reguladora.
- Día 181 en adelante: 60 % de la base reguladora.
Sujeta a topes mínimo y máximo vinculados al IPREM y al número de hijos a cargo. Si el cálculo supera el tope máximo, se cobra el tope.
Retención IRPF
- Por defecto: 2 % de la cuantía bruta.
- Se puede solicitar voluntariamente una retención superior con el modelo 146.
Ejemplo práctico
Persona con 3 años cotizados (1.080 días) y salario bruto reciente de 2.000 €/mes:
- Duración: 12 meses (360 días).
- Base reguladora mensual: 2.000 €.
- Cuantía bruta primeros 180 días: 70 % × 2.000 = 1.400 €/mes.
- Cuantía bruta siguientes 180 días: 60 % × 2.000 = 1.200 €/mes.
- Sujeta al tope máximo aplicable según hijos. Si no tiene hijos, ~1.300 €/mes es el tope, por lo que cobraría el tope los primeros 180 días.
Cálculo personalizado en la calculadora de prestación contributiva.
Compatibilidades
- Con trabajo a tiempo parcial: compatible con reducción proporcional. Ver compatibilidad con trabajo.
- Con pensión de viudedad: compatible.
- Con pensión de jubilación contributiva: incompatible.
- Con incapacidad permanente absoluta: incompatible.
- Con incapacidad permanente total: compatible si la nueva actividad es distinta.
Tras agotar la prestación contributiva
Si se agota sin haber encontrado empleo, se pueden valorar:
- Subsidio general por agotamiento.
- Subsidio para mayores de 45 con cargas o mayores de 52.
- Renta Activa de Inserción (RAI).
- Ingreso Mínimo Vital (IMV), gestionado por la Seguridad Social.
Errores frecuentes
- Solicitar fuera de plazo: se pierden los días entre el cese y la solicitud.
- No inscribirse como demandante: requisito imprescindible.
- Confundir baja voluntaria con SLD: la baja voluntaria sin causa imputable al empresario no da derecho a paro.
- Olvidar que las cotizaciones en otros países UE/EEE pueden totalizar: con el formulario U1 se pueden agregar.
Donde se solicita
- Online: sede electrónica del SEPE con Cl@ve PIN, certificado digital o DNI electrónico.
- Presencial: oficina del SEPE con cita previa.