Los topes de la prestación contributiva son los importes mensuales mínimo y máximo que la prestación nunca puede superar (por arriba) ni quedar por debajo (por abajo), con independencia de lo que arroje el cálculo basado en la base reguladora. Se expresan como porcentajes del IPREM vigente y dependen del número de hijos a cargo.
Marco normativo
- Texto refundido LGSS, art. 270.
- Ley anual de Presupuestos Generales del Estado que fija el IPREM mensual y el IPREM con 14 pagas.
Tope mínimo
Aplicable cuando el 70 % (o 60 %) de la base reguladora arroja una cuantía inferior al mínimo:
- 80 % del IPREM mensual (más prorrata de pagas) si no hay hijos a cargo.
- 107 % del IPREM mensual (más prorrata de pagas) si hay al menos un hijo a cargo.
Tope máximo
Aplicable cuando el 70 % (o 60 %) de la base reguladora arroja una cuantía superior al máximo:
- 175 % del IPREM mensual (más prorrata) si no hay hijos.
- 200 % si hay un hijo a cargo.
- 225 % si hay dos o más hijos a cargo.
Cómo se calcula el "IPREM con prorrata"
El IPREM mensual sin prorrata es el publicado en la Ley de Presupuestos. Para los topes del paro, se aplica el IPREM mensual con prorrata de pagas extras, que equivale al IPREM mensual × 14 / 12. Esto da una cifra algo superior al IPREM mensual base.
Ejemplo práctico (referencias IPREM 2026)
Si el IPREM mensual fuera de 600 €, el IPREM mensual con prorrata sería de 700 € (600 × 14/12). Los topes para una persona sin hijos quedarían aproximadamente:
- Tope mínimo: 80 % × 700 = 560 €/mes.
- Tope máximo: 175 % × 700 = 1.225 €/mes.
Para una persona con dos hijos:
- Tope mínimo: 107 % × 700 = 749 €/mes.
- Tope máximo: 225 % × 700 = 1.575 €/mes.
Las cifras concretas dependen del IPREM efectivo del año, fijado por la Ley de Presupuestos. Para el cálculo personalizado, usa la calculadora de prestación contributiva.
Cuándo te afectan
- Tope máximo: muy frecuente. Una persona con salario bruto mensual de 2.500 € tiene una base reguladora de 2.500 €. El 70 % son 1.750 €, ya por encima del tope sin hijos. Cobra el tope, no el cálculo bruto.
- Tope mínimo: típico en personas con contratos a tiempo parcial muy reducidos o con bases bajas. El cálculo arroja menos que el tope mínimo y se eleva al tope.
Diferencia con el tope familiar
El tope familiar es la misma noción aplicada al máximo, presentada desde la óptica de las cargas familiares. Es decir, lo que aquí se llama "tope máximo según hijos" es lo mismo que "tope familiar" en otros textos del SEPE.
Errores frecuentes
- Confundir tope con cuantía calculada: el cálculo neto antes del IRPF puede dar mucho más que el tope si el salario era alto. La diferencia se pierde.
- No actualizar la situación familiar: si nace un hijo durante la prestación, el tope aplicable cambia. Hay que comunicarlo al SEPE.
- Asumir que el tope no varía cada año: la cuantía cambia siempre que cambia el IPREM (típicamente, una vez al año en la Ley de Presupuestos).