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Subsidio asistencial

Subsidio por agotamiento de prestación contributiva

Subsidio para quienes han agotado la prestación contributiva y tienen rentas inferiores al 75 % del SMI.
Norma: RDL 2/2024, de 21 de mayoVigente desde: 2024-11-01

El subsidio por agotamiento de la prestación contributiva es la ayuda asistencial del SEPE para quienes han consumido todo el paro contributivo sin encontrar empleo y cumplen un requisito de rentas y de edad o cargas familiares. Es la principal red de seguridad tras la prestación contributiva.

Requisitos

  • Haber agotado una prestación contributiva por desempleo (consumido todos los días reconocidos).
  • Estar inscrito como demandante de empleo y mantener el DARDE renovado.
  • Rentas individuales no superiores al 75 % del SMI mensual (en torno a 915,75 €/mes en 2026, sin prorrateo de pagas). Desde el RDL 2/2024 el cómputo es individual, no familiar.
  • Edad o cargas: tener 45 años o más en el momento del agotamiento si no hay cargas familiares; con cargas familiares, sin límite de edad. Quien es joven y no tiene cargas no accede a este subsidio: su vía sería el Ingreso Mínimo Vital, ya que la RAI quedó cerrada a nuevas altas con el RDL 2/2024.

Cuantía

Tras el RDL 2/2024 la cuantía es decreciente durante el periodo de cobro:

Tramo Porcentaje del IPREM Importe aproximado 2026
Meses 1-6 95 % ~570 € / mes
Meses 7-12 90 % ~540 € / mes
Mes 13 en adelante 80 % ~480 € / mes

El importe exacto depende del IPREM vigente.

Duración

  • Sin cargas familiares (45 años): 6 meses, prorrogables hasta 18 meses en tramos de 6.
  • Con cargas familiares: hasta 24-30 meses según edad y situación.
  • Mayores de 52 años: pasan al subsidio para mayores de 52, que se cobra hasta la jubilación y cotiza al 125 % de la base mínima.

Compatibilidad y cotización

  • Compatible con un trabajo a tiempo parcial, con reducción proporcional de la cuantía (novedad del RDL 2/2024).
  • Cotiza para la jubilación de forma parcial: el SEPE cubre la base mínima del Régimen General durante los primeros tramos.

Cómo se solicita

El plazo para solicitarlo es de 6 meses desde el agotamiento de la contributiva; el RDL 2/2024 suprimió el mes de espera. El trámite paso a paso, la documentación, los errores frecuentes y un ejemplo numérico completo están en la guía Subsidio por agotamiento de la prestación contributiva. Para comparar con otras ayudas, ver el cuadro completo de subsidios.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede cobrar el subsidio por agotamiento?
Quien ha agotado la prestación contributiva, tiene rentas individuales inferiores al 75 % del SMI y cumple el requisito de edad o cargas: 45 años o más sin cargas, o cualquier edad con cargas familiares.
¿Cuánto se cobra?
Tras el RDL 2/2024 la cuantía es decreciente: 95 % del IPREM los meses 1-6, 90 % los meses 7-12 y 80 % a partir del mes 13 (en torno a 570, 540 y 480 € en referencias 2026).
¿Cuánto dura?
De 6 a 18 meses sin cargas familiares y hasta 24-30 meses con cargas, según la edad. Quien tiene 52 años o más pasa al subsidio para mayores de 52, que se cobra hasta la jubilación.
¿Hay mes de espera para solicitarlo?
No. El RDL 2/2024 suprimió el mes de espera. El plazo para solicitarlo es de 6 meses desde el agotamiento de la prestación contributiva.

Importante

Fuente: SEPE — Estadística de prestaciones por desempleo · abril 2026 · consultado