El subsidio para personas mayores de 52 años es el más relevante para la población de mayor edad en desempleo. Su valor diferencial es doble: se cobra hasta la jubilación y, mientras tanto, el SEPE cotiza por la persona, lo que evita acumular lagunas de cotización antes de jubilarse. Funciona como puente institucional entre el paro y la jubilación. La edad mínima quedó fijada en 52 años tras la sentencia del Tribunal Constitucional 61/2018 (durante 2012-2018 estuvo en 55).
Requisitos
- Tener 52 años o más.
- Haber cotizado al menos 6 años por desempleo a lo largo de la vida laboral.
- Reunir todos los requisitos para la jubilación contributiva salvo la edad (15 años cotizados, 2 de ellos en los últimos 15).
- Rentas individuales no superiores al 75 % del SMI (desde el RDL 2/2024 no se computan las rentas familiares, solo las individuales).
- Estar inscrito como demandante y firmar el compromiso de actividad.
Cuantía
- 80 % del IPREM mensual (en torno a 480-500 € en referencias 2026). Es fija: no decrece y se actualiza con el IPREM cada año.
Duración
- Hasta la jubilación, ordinaria o anticipada involuntaria. No tiene tope temporal: quien accede a los 52 y se jubila a los 67 puede cobrarlo durante años.
Cotización por jubilación
Mientras se cobra el subsidio, el SEPE cotiza por la jubilación de la persona al 125 % de la base mínima de cotización del Régimen General durante todo el periodo (art. 280 LGSS). Esto permite seguir acumulando cotización de cara a la futura pensión, y es lo que hace a este subsidio especialmente valioso frente al resto.
Cómo se solicita
Comprueba si te corresponde con la calculadora del subsidio para mayores de 52. El trámite paso a paso, la documentación y los casos especiales están en la guía El subsidio para mayores de 52 años. Para decidir entre seguir con el subsidio o adelantar la jubilación, ver subsidio mayor 52 vs jubilación anticipada.