Saltar al contenido
desempleode.com

Guía práctica

Subir la retención IRPF del paro: modelo 146 paso a paso

Modelo 146 para subir la retención IRPF del paro por encima del 2 %: cuándo conviene, qué porcentaje aplicar según tus ingresos y cómo presentarlo al SEPE.
6 min de lecturaPublicado: 25 mayo 2026
Borja Cifuentes, autor de desempleode.com
Por Borja CifuentesVerificado contra fuente oficial el 25 mayo 2026

El SEPE aplica por defecto una retención del 2 % sobre la prestación por desempleo, muy inferior al tipo medio efectivo real para la mayoría de perceptores. Esto suele provocar ajustes a pagar importantes en la declaración del IRPF del año siguiente. El modelo 146 permite solicitar voluntariamente una retención superior y evitar esos sustos. Esta guía explica cuándo conviene, cómo calcular el porcentaje y cómo presentarlo.

Resumen rápido

  • El 2 % por defecto del SEPE es el mínimo legal, no el tipo real.
  • El modelo 146 permite subir voluntariamente la retención.
  • Se presenta en la sede electrónica del SEPE, online, en minutos.
  • Conviene si cobras paro varios meses o si tu IRPF anual estimado supera los umbrales.
  • La retención solicitada es vinculante para el SEPE.

Por qué la retención por defecto es tan baja

El modelo 146 deja la retención en el mínimo legal del 2 % sobre la prestación bruta. Esa cifra es muy inferior al tipo medio efectivo del IRPF para rentas medias:

  • Tipo medio para rendimientos 15.000-25.000 €: ~12-15 %.
  • Tipo medio para rendimientos 25.000-35.000 €: ~18-24 %.
  • Tipo medio para rendimientos 35.000-60.000 €: ~30-37 %.

El SEPE no calcula automáticamente el tipo medio aplicable: deja la retención en el mínimo legal y descarga en el perceptor la responsabilidad de ajustarla si quiere.

Resultado típico: quien cobra paro varios meses paga menos retención de la debida mes a mes y se encuentra con un ajuste a pagar en la declaración del año siguiente.

Cuándo conviene subir la retención

Caso 1: paro prolongado

Si vas a cobrar paro varios meses o más de un año, la suma anual supera los umbrales mínimos del IRPF y conviene retener por encima del 2 %.

Caso 2: salario alto antes del paro el mismo año

Si has cobrado salario alto durante parte del año y luego pasas al paro, la suma de rendimientos del año puede empujarte a un tramo alto del IRPF. La retención del 2 % en el paro queda muy corta.

Caso 3: otras rentas del trabajo simultáneas

Si tienes pensión, otra prestación o un trabajo a tiempo parcial simultáneo con el paro, la acumulación de pagadores baja el umbral de obligación de declarar y eleva el tipo medio.

Caso 4: capitalización del paro

Si vas a cobrar el pago único, conviene revisar la fiscalidad específica. El pago único está exento del IRPF si mantienes la actividad 5 años, pero conviene asegurarse de las condiciones.

Cómo calcular el porcentaje adecuado

Estimación orientativa según la suma de rendimientos del año:

Rendimiento anual estimado Retención recomendada
Menos de 12.450 € 0-5 %
12.450 € a 20.200 € 12-15 %
20.200 € a 35.200 € 18-24 %
35.200 € a 60.000 € 30-37 %
Más de 60.000 € 40-45 %

Para mayor precisión, usa el simulador de IRPF de la Agencia Tributaria o uno externo. Introduces tus rendimientos esperados del año y te devuelve el tipo medio real.

Cómo presentar el modelo 146 paso a paso

Paso 1: acceder a la sede del SEPE

Entra en sede.sepe.gob.es e identifícate con Cl@ve PIN, certificado digital o DNI electrónico.

Paso 2: localizar el trámite

En "Trámites" o "Mi expediente", busca "Modificación de la retención de IRPF" o "Solicitud de modificación de retenciones".

Paso 3: cumplimentar el formulario

  • Selecciona el expediente activo.
  • Indica el porcentaje de retención deseado (entre el mínimo legal del 2 % y el máximo del 45 %).
  • Confirma los datos personales y familiares vigentes.

Paso 4: firmar y enviar

Firma electrónicamente. Guarda el resguardo con número de registro.

Paso 5: aplicación

La retención modificada se aplica desde la siguiente nómina. Las nóminas anteriores no se modifican; el ajuste de esas se hace en la declaración anual.

Ejemplos numéricos

Ejemplo A: paro durante 12 meses, sin otras rentas

  • Cuantía bruta mensual del paro: 1.200 €.
  • Total anual: 14.400 €.
  • Retención 2 % por defecto: 24 €/mes, total anual 288 €.
  • Tipo medio efectivo estimado: ~10 %.
  • Cuota IRPF estimada: 1.440 €.
  • Ajuste a pagar en declaración: ~1.152 €.

Con modelo 146 al 10 %: retención 120 €/mes, total anual 1.440 €. Declaración prácticamente neutra.

Ejemplo B: 6 meses de salario alto + 6 meses de paro

  • Salario 6 meses: 3.500 €/mes × 6 = 21.000 € brutos (retenidos al ~18 %).
  • Paro 6 meses: 1.500 €/mes × 6 = 9.000 € brutos (retenidos al 2 %).
  • Total anual rendimientos: 30.000 €.
  • Total retenido: 3.780 € (salario) + 180 € (paro) = 3.960 €.
  • Cuota IRPF estimada: 5.400 €.
  • Ajuste a pagar: ~1.440 €.

Con modelo 146 al 18 % en el paro: retención adicional 1.440 €, declaración casi neutra.

Ejemplo C: paro de 18 meses repartido entre dos años fiscales

  • Año 1: paro 6 meses por 1.200 €/mes = 7.200 €. Retención 2 % = 144 €.
  • Año 2: paro 12 meses por 1.200 €/mes = 14.400 €. Retención 2 % = 288 €.

En el año 2 conviene subir la retención porque el total es ya significativo. El año 1, si el resto del año no se cobró otra cosa, podría no requerir ajuste.

Errores frecuentes

  1. Esperar a la declaración para descubrir el problema: el modelo 146 se presenta al inicio o en cuanto se prevé el cobro prolongado.
  2. Solicitar retención inferior al cálculo automático: la retención solicitada nunca puede ser inferior al cálculo del IRPF estándar.
  3. Olvidar revocar el 146 al cambiar la situación: si la prestación termina y empiezas a trabajar, conviene revisar.
  4. Calcular el porcentaje sobre el bruto sin considerar bonificaciones: el cálculo debe ser sobre rendimientos íntegros.
  5. Confundir modelo 146 con modelo 145: el 145 declara situación personal y familiar; el 146 solicita retención superior.

El modelo 145 como complemento

Antes o al presentar el 146, conviene tener el modelo 145 actualizado. Recoge tu situación personal y familiar (estado civil, hijos a cargo) y permite que el cálculo automático del IRPF se ajuste mejor.

Los dos modelos son complementarios: el 145 corrige el cálculo de partida, el 146 lo eleva por encima del mínimo.

Recursos relacionados

Preguntas frecuentes

¿Por qué la retención del paro es solo del 2 %?
El SEPE aplica el mínimo legal por defecto, sin calcular el tipo medio real del perceptor. Es el solicitante quien debe pedir voluntariamente una retención superior si quiere evitar el ajuste en la declaración del IRPF del año siguiente.
¿Qué porcentaje debo solicitar?
Depende de tus ingresos totales del año. Aproximadamente: 5 % si la suma no supera 15.000 €, 12-15 % entre 15.000 y 25.000 €, 18-24 % entre 25.000 y 35.000 €, 30 %+ por encima. Es una orientación; conviene usar un simulador de IRPF.
¿Cuándo conviene subir la retención?
Cuando cobras paro varios meses, cuando has tenido salario alto antes del paro el mismo año, cuando tienes otras rentas del trabajo, o cuando la suma de tus rendimientos anuales superará los umbrales mínimos de IRPF.
¿Cómo presento el modelo 146?
Online en la sede electrónica del SEPE con Cl@ve PIN o certificado digital. Vas a 'Modificación de retenciones', indicas el porcentaje deseado y firmas. Aplicación desde la siguiente nómina.
¿Puedo modificar la retención varias veces?
Sí. Puedes presentar un nuevo modelo 146 cuando lo necesites, subiendo o bajando el porcentaje (siempre que no quede por debajo del 2 % mínimo legal). La retención solicitada nunca puede ser inferior al cálculo automático del IRPF.
¿Y si presento el 146 a mitad del cobro?
La nueva retención se aplica desde la siguiente nómina. Las nóminas ya cobradas con la retención anterior no se modifican; el ajuste de esas nóminas se hace en la declaración anual.

Fuente: Elaboración propia desempleode.com a partir de normativa vigente y publicaciones oficiales del SEPE · consultado 25 mayo 2026