El SEPE aplica por defecto una retención del 2 % sobre la prestación por desempleo, muy inferior al tipo medio efectivo real para la mayoría de perceptores. Esto suele provocar ajustes a pagar importantes en la declaración del IRPF del año siguiente. El modelo 146 permite solicitar voluntariamente una retención superior y evitar esos sustos. Esta guía explica cuándo conviene, cómo calcular el porcentaje y cómo presentarlo.
Resumen rápido
- El 2 % por defecto del SEPE es el mínimo legal, no el tipo real.
- El modelo 146 permite subir voluntariamente la retención.
- Se presenta en la sede electrónica del SEPE, online, en minutos.
- Conviene si cobras paro varios meses o si tu IRPF anual estimado supera los umbrales.
- La retención solicitada es vinculante para el SEPE.
Por qué la retención por defecto es tan baja
El modelo 146 deja la retención en el mínimo legal del 2 % sobre la prestación bruta. Esa cifra es muy inferior al tipo medio efectivo del IRPF para rentas medias:
- Tipo medio para rendimientos 15.000-25.000 €: ~12-15 %.
- Tipo medio para rendimientos 25.000-35.000 €: ~18-24 %.
- Tipo medio para rendimientos 35.000-60.000 €: ~30-37 %.
El SEPE no calcula automáticamente el tipo medio aplicable: deja la retención en el mínimo legal y descarga en el perceptor la responsabilidad de ajustarla si quiere.
Resultado típico: quien cobra paro varios meses paga menos retención de la debida mes a mes y se encuentra con un ajuste a pagar en la declaración del año siguiente.
Cuándo conviene subir la retención
Caso 1: paro prolongado
Si vas a cobrar paro varios meses o más de un año, la suma anual supera los umbrales mínimos del IRPF y conviene retener por encima del 2 %.
Caso 2: salario alto antes del paro el mismo año
Si has cobrado salario alto durante parte del año y luego pasas al paro, la suma de rendimientos del año puede empujarte a un tramo alto del IRPF. La retención del 2 % en el paro queda muy corta.
Caso 3: otras rentas del trabajo simultáneas
Si tienes pensión, otra prestación o un trabajo a tiempo parcial simultáneo con el paro, la acumulación de pagadores baja el umbral de obligación de declarar y eleva el tipo medio.
Caso 4: capitalización del paro
Si vas a cobrar el pago único, conviene revisar la fiscalidad específica. El pago único está exento del IRPF si mantienes la actividad 5 años, pero conviene asegurarse de las condiciones.
Cómo calcular el porcentaje adecuado
Estimación orientativa según la suma de rendimientos del año:
| Rendimiento anual estimado | Retención recomendada |
|---|---|
| Menos de 12.450 € | 0-5 % |
| 12.450 € a 20.200 € | 12-15 % |
| 20.200 € a 35.200 € | 18-24 % |
| 35.200 € a 60.000 € | 30-37 % |
| Más de 60.000 € | 40-45 % |
Para mayor precisión, usa el simulador de IRPF de la Agencia Tributaria o uno externo. Introduces tus rendimientos esperados del año y te devuelve el tipo medio real.
Cómo presentar el modelo 146 paso a paso
Paso 1: acceder a la sede del SEPE
Entra en sede.sepe.gob.es e identifícate con Cl@ve PIN, certificado digital o DNI electrónico.
Paso 2: localizar el trámite
En "Trámites" o "Mi expediente", busca "Modificación de la retención de IRPF" o "Solicitud de modificación de retenciones".
Paso 3: cumplimentar el formulario
- Selecciona el expediente activo.
- Indica el porcentaje de retención deseado (entre el mínimo legal del 2 % y el máximo del 45 %).
- Confirma los datos personales y familiares vigentes.
Paso 4: firmar y enviar
Firma electrónicamente. Guarda el resguardo con número de registro.
Paso 5: aplicación
La retención modificada se aplica desde la siguiente nómina. Las nóminas anteriores no se modifican; el ajuste de esas se hace en la declaración anual.
Ejemplos numéricos
Ejemplo A: paro durante 12 meses, sin otras rentas
- Cuantía bruta mensual del paro: 1.200 €.
- Total anual: 14.400 €.
- Retención 2 % por defecto: 24 €/mes, total anual 288 €.
- Tipo medio efectivo estimado: ~10 %.
- Cuota IRPF estimada: 1.440 €.
- Ajuste a pagar en declaración: ~1.152 €.
Con modelo 146 al 10 %: retención 120 €/mes, total anual 1.440 €. Declaración prácticamente neutra.
Ejemplo B: 6 meses de salario alto + 6 meses de paro
- Salario 6 meses: 3.500 €/mes × 6 = 21.000 € brutos (retenidos al ~18 %).
- Paro 6 meses: 1.500 €/mes × 6 = 9.000 € brutos (retenidos al 2 %).
- Total anual rendimientos: 30.000 €.
- Total retenido: 3.780 € (salario) + 180 € (paro) = 3.960 €.
- Cuota IRPF estimada: 5.400 €.
- Ajuste a pagar: ~1.440 €.
Con modelo 146 al 18 % en el paro: retención adicional 1.440 €, declaración casi neutra.
Ejemplo C: paro de 18 meses repartido entre dos años fiscales
- Año 1: paro 6 meses por 1.200 €/mes = 7.200 €. Retención 2 % = 144 €.
- Año 2: paro 12 meses por 1.200 €/mes = 14.400 €. Retención 2 % = 288 €.
En el año 2 conviene subir la retención porque el total es ya significativo. El año 1, si el resto del año no se cobró otra cosa, podría no requerir ajuste.
Errores frecuentes
- Esperar a la declaración para descubrir el problema: el modelo 146 se presenta al inicio o en cuanto se prevé el cobro prolongado.
- Solicitar retención inferior al cálculo automático: la retención solicitada nunca puede ser inferior al cálculo del IRPF estándar.
- Olvidar revocar el 146 al cambiar la situación: si la prestación termina y empiezas a trabajar, conviene revisar.
- Calcular el porcentaje sobre el bruto sin considerar bonificaciones: el cálculo debe ser sobre rendimientos íntegros.
- Confundir modelo 146 con modelo 145: el 145 declara situación personal y familiar; el 146 solicita retención superior.
El modelo 145 como complemento
Antes o al presentar el 146, conviene tener el modelo 145 actualizado. Recoge tu situación personal y familiar (estado civil, hijos a cargo) y permite que el cálculo automático del IRPF se ajuste mejor.
Los dos modelos son complementarios: el 145 corrige el cálculo de partida, el 146 lo eleva por encima del mínimo.
Recursos relacionados
- Modelo 145: declarar situación personal al pagador.
- Modelo 146: solicitar retención superior.
- ¿Hay que declarar el paro en la renta?.
- Prestación bruta vs neta.
- Sede electrónica del SEPE.