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Guía práctica

Paro de las empleadas de hogar: requisitos desde 2022

Las empleadas de hogar tienen derecho a paro desde octubre de 2022. Qué se exige, cómo se cuentan los días cotizados, qué cese da derecho y cuánto se cobra.
7 min de lecturaPublicado: 17 junio 2026
Borja Cifuentes, autor de desempleode.com
Por Borja CifuentesVerificado contra fuente oficial el 17 junio 2026

Hasta 2022, las empleadas de hogar estaban excluidas de la protección por desempleo: cotizaban a la Seguridad Social, pero no por el paro. El Real Decreto-ley 16/2022 cambió esto. Esta guía explica desde cuándo y con qué requisitos se cobra.

Resumen rápido

  • Derecho a paro desde el 1 de octubre de 2022 (RDL 16/2022).
  • La cotización por desempleo es obligatoria y la asume la persona empleadora.
  • Hacen falta 360 días cotizados por desempleo en los últimos 6 años.
  • Solo cuenta el periodo de hogar desde octubre de 2022, pero se suman días de otros empleos de los últimos 6 años.
  • La cuantía y la duración son idénticas a las del régimen general.

Qué cambió en octubre de 2022

El RDL 16/2022 equiparó el Sistema Especial para Empleados de Hogar al régimen general en materia de protección. Desde el 1 de octubre de 2022:

  • La cotización por desempleo y FOGASA pasó a ser obligatoria.
  • La cuota la ingresa la persona empleadora, con bonificaciones para amortiguar el coste.
  • A partir de esa fecha, cada mes trabajado genera días cotizados por desempleo.

Como la cotización empezó en octubre de 2022, los primeros derechos a prestación contributiva (que exigen 360 días) pudieron empezar a reconocerse a lo largo de 2023, conforme se acumulaban cotizaciones.

Requisitos para cobrar el paro

Son los mismos que en el régimen general:

  • Situación legal de desempleo: despido, desistimiento de la persona empleadora o extinción por causas ajenas a la trabajadora. La baja voluntaria no da derecho.
  • 360 días cotizados por desempleo en los últimos 6 años.
  • Estar inscrita como demandante de empleo y suscribir el compromiso de actividad.
  • No haber alcanzado la edad ordinaria de jubilación.

Cómo se cuentan los días cotizados

Aquí está la particularidad: solo computa el tiempo de empleo de hogar a partir del 1 de octubre de 2022, porque antes no se cotizaba por desempleo. Pero el cómputo de los 360 días se hace sobre los últimos 6 años, así que se pueden sumar los días cotizados por desempleo en otros empleos (régimen general) dentro de ese periodo.

Ejemplo: una persona que trabajó como asalariada en el régimen general hasta 2021 y luego pasó al empleo de hogar puede sumar las cotizaciones por desempleo de aquel empleo (si están dentro de los 6 años) a las generadas en el hogar desde octubre de 2022.

Cuantía y duración

Idénticas al resto de trabajadores:

  • Cuantía: 70 % de la base reguladora los primeros 180 días, 60 % desde el día 181, con los topes del IPREM según los hijos a cargo.
  • Duración: de 4 a 24 meses, a razón de 1 día de prestación por cada 3 cotizados (ver la escalera del paro 2026).

El desistimiento de la persona empleadora —la forma más habitual de fin de la relación en este sector— exige preaviso e indemnización (12 días de salario por año, con un tope), y constituye situación legal de desempleo.

Errores frecuentes

  1. Creer que el tiempo de hogar anterior a octubre de 2022 cuenta para el paro: no cotizaba por desempleo.
  2. Pensar que no se pueden sumar empleos anteriores: sí, dentro de los últimos 6 años.
  3. Asumir que dejar el empleo voluntariamente da derecho: no, igual que en el resto de regímenes.
  4. No inscribirse como demandante en plazo tras el cese.

Recursos relacionados

Preguntas frecuentes

¿Las empleadas de hogar tienen derecho a paro?
Sí, desde el 1 de octubre de 2022. El Real Decreto-ley 16/2022 equiparó al Sistema Especial de Empleados de Hogar con el resto de trabajadores e introdujo la cotización obligatoria por desempleo y FOGASA, que asume la persona empleadora. A partir de esa fecha se generan días cotizados por desempleo que pueden dar derecho a la prestación.
¿Cuántos días hay que cotizar para cobrar el paro siendo empleada de hogar?
Los mismos que en el régimen general: un mínimo de 360 días cotizados por desempleo en los últimos 6 años. Solo cuenta el periodo trabajado en el hogar a partir del 1 de octubre de 2022, pero se pueden sumar días cotizados por desempleo en otros empleos (régimen general) dentro de esos 6 años.
¿Qué situaciones de cese dan derecho al paro en el empleo de hogar?
El despido, el desistimiento de la persona empleadora (que en el empleo de hogar exige preaviso e indemnización) y la extinción por causas ajenas a la voluntad de la trabajadora. La baja voluntaria no da derecho, igual que en el resto de regímenes.
¿Cuánto se cobra de paro siendo empleada de hogar?
Lo mismo que cualquier trabajador: el 70 % de la base reguladora los primeros 180 días y el 60 % después, con los topes del IPREM según los hijos a cargo. La duración va de 4 a 24 meses según los días cotizados.

Fuente: Elaboración propia desempleode.com a partir de normativa vigente y publicaciones oficiales del SEPE · consultado