El complemento de apoyo al empleo (CAE) es una de las grandes novedades del RDL 2/2024: permite que aceptar un trabajo no signifique perder de golpe toda la protección por desempleo. No es una ayuda nueva, sino una forma de compatibilizar el subsidio o la prestación con un empleo. Esta guía explica cómo funciona.
Resumen rápido
- El CAE permite trabajar y seguir cobrando una parte del subsidio o la prestación.
- Es automático: lo aplica el SEPE de oficio, sin solicitud.
- En el subsidio: hasta 180 días, con cuantía decreciente por trimestres.
- En la prestación contributiva: compatible salvo que el salario bruto supere el 375 % del IPREM (~2.250 €/mes en 2025).
- Su objetivo: que aceptar un empleo siempre compense frente a rechazarlo.
Por qué existe
Antes de la reforma, aceptar un trabajo —sobre todo a tiempo parcial o temporal— podía suponer perder el subsidio sin que el nuevo salario compensara. El CAE corrige ese desincentivo: durante un tiempo, se suman una parte de la ayuda y el salario, de modo que trabajar siempre deja más dinero que no hacerlo.
El CAE en los subsidios
Cuando una persona que cobra un subsidio empieza a trabajar, el subsidio se transforma en complemento de apoyo al empleo:
- Duración: como máximo 180 días (6 meses) dentro del periodo de subsidio pendiente.
- Consumo: los días cobrados como CAE se descuentan de la duración total del subsidio.
- Cuantía: un porcentaje del IPREM que baja por trimestres. A jornada completa, la referencia es:
| Trimestre | Cuantía (jornada completa) |
|---|---|
| 1.º | ≈ 80 % del IPREM |
| 2.º | ≈ 60 % del IPREM |
| 3.º | ≈ 40 % del IPREM |
| 4.º | ≈ 30 % del IPREM |
| 5.º en adelante | ≈ 20 % del IPREM |
A jornada parcial, las cuantías se reducen proporcionalmente según el porcentaje de jornada. El SEPE publica la tabla exacta vigente en su sede; conviene contrastarla porque depende del IPREM del año.
El CAE en la prestación contributiva
La prestación contributiva también puede compatibilizarse con el trabajo por cuenta ajena a través del CAE, con dos condiciones principales:
- El salario bruto del nuevo empleo no supere el 375 % del IPREM (en torno a 2.250 €/mes en la referencia de 2025). Por encima de ese umbral, el trabajo es incompatible con la prestación.
- Haberse cobrado al menos 9 meses de una prestación reconocida por más de 12 meses de duración.
Ejemplo en el subsidio
Persona que cobra el subsidio (80 % del IPREM ≈ 480 €/mes) y firma un contrato a jornada completa:
- Primer trimestre: cobra el salario más un CAE en torno al 80 % del IPREM.
- Segundo trimestre: el CAE baja a ≈ 60 % del IPREM.
- Y así sucesivamente, hasta agotar los 180 días o el subsidio pendiente.
El resultado es que, durante esos meses, los ingresos totales (salario + CAE) superan tanto al subsidio solo como al salario solo, que es justo el incentivo buscado.
Errores frecuentes
- Creer que hay que solicitarlo: es automático, lo aplica el SEPE de oficio.
- Pensar que se cobra indefinidamente: en el subsidio, máximo 180 días.
- No saber que los días de CAE consumen subsidio pendiente.
- Asumir que la contributiva es compatible con cualquier salario: hay tope del 375 % del IPREM.