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Calculadora

Paro a tiempo parcial: cuánto cobras compatibilizando (RDL 2/2024)

Si aceptas un trabajo a tiempo parcial mientras cobras el paro, la prestación se reduce en proporción a la jornada y el derecho pendiente se estira. Calcula tu ingreso total y la nueva duración.
Lo que cobrarías de paro a jornada completa, sin trabajar.
Porcentaje de jornada del contrato parcial que compatibilizas.
Los que te quedan por consumir a jornada completa.
Si lo indicas, sumamos salario y paro reducido como ingreso total.

Compatibilizando paro y trabajo parcial

Paro reducido mensual500 €Se reduce en proporción a la jornada (50,00 %)
Parte de prestación que se mantiene50,00 %Del importe completo, tras descontar la jornada trabajada
Duración estirada24,0 mesesFrente a los 12 meses originales a jornada completa
ConceptoValor
Prestación completa1000 €
Jornada trabajada50,00 %
Paro reducido500 €
Meses originales12
Meses estirados24,0

Cómo funciona el cálculo

Al compatibilizar la prestación con un trabajo a tiempo parcial, el SEPE abona solo la parte del paro que no cubre la jornada del nuevo contrato. Si el trabajo es del 50 % de la jornada, la prestación se reduce un 50 % y se cobra el otro 50 %. La proporción que dejas de cobrar es la que sigues conservando como derecho pendiente.

Como cada mes consumes menos derecho, los meses pendientes se prolongan: trabajando media jornada gastas la mitad del derecho mensual, así que la duración efectiva del paro se aproxima al doble. La regla del RDL 2/2024 busca que aceptar un empleo de jornada reducida no penalice respecto a permanecer en desempleo total.

Ejemplos típicos

Ejemplo 1: paro de 1.000 € con trabajo al 50 %

  • Prestación reducida: 500 € al mes.
  • 12 meses pendientes se estiran hasta unos 24 meses de cobertura.
  • Con un salario parcial de 700 €, el ingreso total mensual es de 1.200 €.

Ejemplo 2: paro de 1.200 € con trabajo al 30 %

  • Prestación reducida: 840 € al mes.
  • 10 meses pendientes se estiran hasta unos 14,3 meses.

Casos especiales

  • Jornada al 100 %: no hay compatibilidad; un contrato a jornada completa suspende o extingue la prestación según su duración.
  • Varios contratos parciales: se considera la jornada total acumulada para calcular la reducción de la prestación.
  • Cotización durante el empleo parcial: el trabajo a tiempo parcial cotiza y puede generar nuevo derecho a futuro, además de mantener la base de cotización.
  • Fecha de aplicación: el despliegue de la reforma del RDL 2/2024 tiene fechas de entrada en vigor escalonadas; verifica con el SEPE las reglas vigentes en tu caso concreto.

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Preguntas frecuentes

¿Puedo cobrar paro y trabajar a tiempo parcial a la vez?
Sí. La normativa permite compatibilizar la prestación contributiva con un trabajo por cuenta ajena a tiempo parcial. La prestación se reduce en proporción a la jornada del nuevo contrato y el derecho pendiente se consume en esa misma proporción.
¿Qué cambió con el RDL 2/2024?
El Real Decreto-ley 2/2024 reformó el régimen de prestaciones y subsidios por desempleo, reforzando la compatibilidad del cobro con el empleo a tiempo parcial para no penalizar a quien acepta un trabajo de jornada reducida mientras está en paro.
¿Por qué se estira la duración del paro?
Porque al cobrar solo la parte de prestación que no cubre la jornada trabajada, consumes el derecho más despacio. Si trabajas media jornada, gastas la mitad del derecho al mes, así que los meses pendientes duran aproximadamente el doble.
¿Cobro más compatibilizando que solo con el paro?
En la mayoría de casos sí. La suma del salario parcial y la prestación reducida suele superar el importe del paro completo, además de mantener cotización por el trabajo. Introduce tu salario en la calculadora para verlo.
¿La calculadora envía mis datos a algún sitio?
No. Todo el cálculo se ejecuta en tu navegador. Los importes y porcentajes que introduces no se registran ni se transmiten.