Saltar al contenido
desempleode.com

Glosario

Tipo de cotización

Porcentaje que se aplica sobre la base de cotización para calcular la cuota a ingresar en la Seguridad Social. Se divide entre la parte que paga el empresario y la que paga el trabajador, y varía según contingencia (comunes, profesionales, desempleo, FOGASA, formación).
También: tipos de cotización · porcentajes de cotización SSActualizado: 26 mayo 2026

El tipo de cotización es el porcentaje que se aplica sobre la base de cotización para calcular la cuota mensual que se ingresa en la Seguridad Social. Se desagrega entre la parte a cargo del empresario y la del trabajador, y se descompone por contingencia (comunes, profesionales, desempleo, FOGASA, formación profesional).

Marco normativo

  • Texto refundido LGSS (RDL 8/2015), art. 145.
  • Orden anual de cotización del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
  • Ley de Presupuestos Generales del Estado.

Tipos vigentes en el Régimen General (referencia 2026)

Concepto Empresa Trabajador Total
Contingencias comunes 23,60 % 4,70 % 28,30 %
Desempleo · contrato indefinido 5,50 % 1,55 % 7,05 %
Desempleo · contrato temporal 6,70 % 1,60 % 8,30 %
FOGASA 0,20 % 0,20 %
Formación profesional 0,60 % 0,10 % 0,70 %
Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI) 2026 ~0,67 % ~0,13 % ~0,80 %
Contingencias profesionales Variable según actividad (CNAE) Variable

Ejemplo práctico

Trabajador con base mensual de cotización de 2.000 € en contrato indefinido:

  • Cuota total contingencias comunes: 2.000 × 28,30 % = 566 €.
    • Empresa: 472 € · Trabajador: 94 €.
  • Cuota desempleo: 2.000 × 7,05 % = 141 €.
    • Empresa: 110 € · Trabajador: 31 €.
  • Cuota FOGASA: 2.000 × 0,20 % = 4 € (solo empresa).
  • Cuota formación: 2.000 × 0,70 % = 14 €.
  • Cuota MEI: 2.000 × 0,80 % = 16 €.

Total cuota mensual a la Seguridad Social: ~741 €, de los que el trabajador aporta unos 137 € (aparecen como descuentos en la nómina).

Diferencia entre régimen ordinario y RETA

  • Régimen General: tipos repartidos entre empresa y trabajador.
  • RETA (autónomos): el autónomo paga la cuota completa. Tipos similares en porcentaje pero aplicados sobre la base elegida (con sistema de cotización por ingresos reales desde 2023).

Por qué los tipos del temporal son más altos

El contrato temporal cotiza por desempleo con un tipo superior (8,30 % vs 7,05 % del indefinido). Es una medida de disuasión introducida hace años para penalizar la temporalidad y favorecer el indefinido. Tras la reforma laboral de 2022, su eficacia se ha discutido porque buena parte de la temporalidad se reconvirtió a fijo discontinuo.

Quién fija los tipos

  • Los tipos generales se aprueban en la Ley de Presupuestos anual.
  • La Orden anual de cotización desarrolla los detalles operativos.
  • Si los Presupuestos se prorrogan, se mantienen los tipos del año anterior.

Errores frecuentes

  • Confundir tipo con cuota: el tipo es el porcentaje; la cuota es lo que se paga (base × tipo).
  • Asumir que el trabajador paga la mayoría: no. La empresa paga aproximadamente el 80 % de las cuotas totales.
  • Olvidar las cotizaciones por contingencias profesionales: son adicionales y variables según la actividad CNAE de la empresa.
  • No tener en cuenta el MEI: cotización adicional finalista al Fondo de Reserva.

Preguntas frecuentes

¿Cuáles son los tipos de cotización en 2026?
En el Régimen General de la Seguridad Social, los tipos vigentes son: contingencias comunes 28,30 % (23,60 % empresa y 4,70 % trabajador), desempleo en contrato indefinido 7,05 % (5,50 % + 1,55 %), desempleo en contrato temporal 8,30 % (6,70 % + 1,60 %), FOGASA 0,20 % (solo empresa), formación profesional 0,70 % (0,60 % + 0,10 %) y Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI) en torno al 0,80 % en 2026 (~0,67 % empresa y ~0,13 % trabajador). A esto se añaden las contingencias profesionales, variables según la actividad CNAE de la empresa. La empresa paga aproximadamente el 80 % de las cuotas totales; el trabajador, el 20 % restante.
¿Cuánto cotizo yo y cuánto paga la empresa?
El reparto es muy asimétrico a favor de la empresa. Para un trabajador con base de cotización mensual de 2.000 € en contrato indefinido, la cuota total mensual a la Seguridad Social ronda los 741 €. De estos, el trabajador aporta unos 137 € (que aparecen como descuentos en la nómina) y la empresa abona los 604 € restantes. Por tanto, la empresa paga aproximadamente el 80 % de la cuota total. Esto explica por qué los costes salariales para la empresa son significativamente superiores al salario bruto del trabajador. Para una nómina bruta anual de 30.000 €, el coste empresarial total se sitúa cerca de 39.000 € sumando cuotas patronales.
¿Por qué los temporales cotizan más por desempleo?
El contrato temporal cotiza por desempleo con un tipo del 8,30 %, frente al 7,05 % del indefinido, una diferencia de 1,25 puntos porcentuales. Es una medida de disuasión introducida hace años para penalizar la temporalidad y favorecer la contratación indefinida. Sobre una base de 2.000 € mensuales, la cuota de desempleo del temporal asciende a 166 €/mes (frente a 141 € del indefinido), 25 € más al mes que paga sobre todo la empresa. Tras la reforma laboral de 2022, su eficacia disuasoria se ha discutido porque buena parte de la temporalidad anterior se reconvirtió a fijo discontinuo, que cotiza con el tipo de indefinido.
¿Qué es el MEI y por qué aparece en la nómina?
El Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI) es una cotización adicional finalista destinada al Fondo de Reserva de la Seguridad Social. Se introdujo en 2023 con tipos crecientes anualmente. En 2026 ronda el 0,80 %, repartido aproximadamente entre 0,67 % a cargo de la empresa y 0,13 % a cargo del trabajador. Sobre una base de 2.000 €/mes, el MEI suma unos 16 €/mes en cuota total. El destino exclusivo es alimentar el Fondo de Reserva ('hucha de las pensiones') que se vació durante la crisis y los años posteriores, asegurando reservas para futuras generaciones de pensionistas. No genera derechos individuales adicionales: es una contribución solidaria al sistema.
¿Quién decide los tipos de cotización cada año?
Los tipos generales de cotización se aprueban anualmente en la Ley de Presupuestos Generales del Estado. La Orden de cotización del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones desarrolla los detalles operativos, calendario y bases mínimas y máximas. Si los Presupuestos no se aprueban a tiempo, se prorrogan automáticamente los tipos del año anterior. La modificación de los tipos por desempleo es competencia conjunta del Ministerio de Trabajo y la Seguridad Social. Las contingencias profesionales se fijan en función del epígrafe CNAE de la empresa según la tarifa publicada en la disposición adicional cuarta de la Ley 42/2006, con tipos que oscilan entre el 1 % y el 6,7 % según el riesgo de la actividad.

Fuentes normativas

  • LGSS art. 145
  • Orden anual de cotización
  • Ley de Presupuestos

Términos relacionados