Las contingencias comunes son los riesgos cubiertos por la Seguridad Social que no derivan directamente del trabajo: enfermedad común, accidente no laboral, jubilación, maternidad y paternidad, riesgo durante el embarazo y lactancia, viudedad y orfandad. La base por contingencias comunes (BCCC) es la magnitud relevante para calcular la mayor parte de prestaciones, salvo el paro (que usa BCCP).
Marco normativo
- Texto refundido LGSS, arts. 158 y siguientes.
- Reglamento general sobre inscripción de empresas y afiliación (RD 84/1996).
Qué cubren
- Enfermedad común: cualquier dolencia no relacionada con el trabajo.
- Accidente no laboral: sucedido fuera del entorno laboral o en él pero sin relación causal con el trabajo.
- Jubilación contributiva: pensión de vejez.
- Maternidad / paternidad y permiso por nacimiento.
- Riesgo durante el embarazo y la lactancia natural.
- Incapacidad permanente derivada de enfermedad común o accidente no laboral.
- Muerte y supervivencia: viudedad, orfandad, auxilio por defunción.
Base por contingencias comunes (BCCC)
Cuantía mensual sobre la que se aplican los tipos de cotización por contingencias comunes. No incluye las horas extraordinarias. Es la base usada para:
- Cuantía de la pensión de jubilación contributiva.
- Cuantía de la prestación de incapacidad temporal por enfermedad común.
- Cuantía de la prestación de maternidad/paternidad.
- Otras prestaciones del régimen general.
Relación con el paro
El paro no se calcula sobre la BCCC. Usa la base por contingencias profesionales (BCCP), que sí incluye horas extras. Por eso una persona con muchas horas extras cobra más paro que pensión proporcional.
Ejemplo práctico
Una persona con salario base de 2.000 € y horas extras de 300 €/mes:
- BCCC: 2.000 €/mes (sin extras).
- BCCP: 2.300 €/mes (con extras).
- Su jubilación futura se calculará sobre 2.000 €/mes.
- Su paro futuro se calculará sobre 2.300 €/mes.
Diferencias clave
| Concepto | Contingencias comunes | Contingencias profesionales |
|---|---|---|
| Origen | No laboral | Laboral |
| Horas extras | No incluidas | Incluidas |
| Prestación principal | Jubilación, IT enfermedad | Paro, IT accidente trabajo |
| % IT primeros días | 60 % del día 4 al 20 | 75 % desde el primer día |
Errores frecuentes
- Calcular el paro sobre la BCCC: error común. El paro se calcula sobre la BCCP, que incluye horas extras.
- Confundir contingencia común con enfermedad profesional: la EP está en una lista cerrada. Una dolencia derivada del trabajo no incluida en el cuadro RD 1299/2006 se considera contingencia común.
- Asumir que ambos tipos siempre coinciden: en muchos contratos sin horas extras, BCCC = BCCP. En el resto, no.