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Contingencias comunes

Riesgos cubiertos por la Seguridad Social no derivados del trabajo: enfermedad común, accidente no laboral, jubilación, maternidad, paternidad, viudedad. La base por contingencias comunes determina la cuantía de la mayoría de prestaciones.
También: BCCC · contingencias generalesActualizado: 25 mayo 2026

Las contingencias comunes son los riesgos cubiertos por la Seguridad Social que no derivan directamente del trabajo: enfermedad común, accidente no laboral, jubilación, maternidad y paternidad, riesgo durante el embarazo y lactancia, viudedad y orfandad. La base por contingencias comunes (BCCC) es la magnitud relevante para calcular la mayor parte de prestaciones, salvo el paro (que usa BCCP).

Marco normativo

  • Texto refundido LGSS, arts. 158 y siguientes.
  • Reglamento general sobre inscripción de empresas y afiliación (RD 84/1996).

Qué cubren

  • Enfermedad común: cualquier dolencia no relacionada con el trabajo.
  • Accidente no laboral: sucedido fuera del entorno laboral o en él pero sin relación causal con el trabajo.
  • Jubilación contributiva: pensión de vejez.
  • Maternidad / paternidad y permiso por nacimiento.
  • Riesgo durante el embarazo y la lactancia natural.
  • Incapacidad permanente derivada de enfermedad común o accidente no laboral.
  • Muerte y supervivencia: viudedad, orfandad, auxilio por defunción.

Base por contingencias comunes (BCCC)

Cuantía mensual sobre la que se aplican los tipos de cotización por contingencias comunes. No incluye las horas extraordinarias. Es la base usada para:

  • Cuantía de la pensión de jubilación contributiva.
  • Cuantía de la prestación de incapacidad temporal por enfermedad común.
  • Cuantía de la prestación de maternidad/paternidad.
  • Otras prestaciones del régimen general.

Relación con el paro

El paro no se calcula sobre la BCCC. Usa la base por contingencias profesionales (BCCP), que sí incluye horas extras. Por eso una persona con muchas horas extras cobra más paro que pensión proporcional.

Ejemplo práctico

Una persona con salario base de 2.000 € y horas extras de 300 €/mes:

  • BCCC: 2.000 €/mes (sin extras).
  • BCCP: 2.300 €/mes (con extras).
  • Su jubilación futura se calculará sobre 2.000 €/mes.
  • Su paro futuro se calculará sobre 2.300 €/mes.

Diferencias clave

Concepto Contingencias comunes Contingencias profesionales
Origen No laboral Laboral
Horas extras No incluidas Incluidas
Prestación principal Jubilación, IT enfermedad Paro, IT accidente trabajo
% IT primeros días 60 % del día 4 al 20 75 % desde el primer día

Errores frecuentes

  • Calcular el paro sobre la BCCC: error común. El paro se calcula sobre la BCCP, que incluye horas extras.
  • Confundir contingencia común con enfermedad profesional: la EP está en una lista cerrada. Una dolencia derivada del trabajo no incluida en el cuadro RD 1299/2006 se considera contingencia común.
  • Asumir que ambos tipos siempre coinciden: en muchos contratos sin horas extras, BCCC = BCCP. En el resto, no.

Preguntas frecuentes

¿Qué riesgos cubren las contingencias comunes?
Las contingencias comunes son los riesgos no derivados directamente del trabajo, según los arts. 158 y siguientes de la LGSS. Incluyen enfermedad común (cualquier dolencia sin origen laboral), accidente no laboral (sucedido fuera del trabajo o sin relación causal con él), jubilación contributiva, maternidad y paternidad, riesgo durante el embarazo y la lactancia natural, incapacidad permanente derivada de enfermedad común o accidente no laboral, y muerte y supervivencia (viudedad, orfandad, auxilio por defunción). La cotización por contingencias comunes financia estas prestaciones y la base BCCC es la magnitud sobre la que se calculan en la mayoría de los casos.
¿Cuál es la diferencia entre BCCC y BCCP?
La base por contingencias comunes (BCCC) financia jubilación, IT por enfermedad común, maternidad, paternidad y viudedad; no incluye las horas extraordinarias. La base por contingencias profesionales (BCCP) financia accidente de trabajo y enfermedad profesional, y sí incluye las horas extraordinarias además del salario base. Para una persona con salario base de 2.000 € y horas extras de 300 €/mes, la BCCC sería 2.000 € y la BCCP unos 2.300 €. La jubilación futura se calculará sobre la BCCC; el paro, en cambio, se calcula sobre la BCCP, por lo que las horas extras elevan la prestación por desempleo.
¿Cuánto se cobra de baja por enfermedad común?
El régimen general por contingencias comunes prevé tres tramos: los 3 primeros días sin retribución salvo mejora del convenio, del día 4 al 20 se cobra el 60 % de la base reguladora, y desde el día 21 el 75 %. La base reguladora se calcula sobre la BCCC del mes anterior dividida entre 30. En enfermedad común y accidente no laboral, la empresa abona la prestación del día 4 al 15 (delegación de pago) y a partir del 16 la financia el INSS o la mutua según el régimen aplicable. La cobertura es menos generosa que en contingencias profesionales, donde se cobra el 75 % desde el día siguiente al hecho causante.
¿Cómo afectan las contingencias comunes a mi paro futuro?
De forma indirecta. El paro se calcula sobre la base por contingencias profesionales (BCCP), no sobre la BCCC. En la mayoría de contratos sin horas extras ambas bases coinciden, por lo que el efecto es el mismo. Pero los periodos cotizados que computan para acceder al paro contributivo (360 días en los 6 años anteriores) se cuentan a partir de la afiliación y alta, con independencia de la contingencia. Un periodo de baja por enfermedad común suspende la prestación de paro si ya se estaba cobrando, sustituyéndose por la prestación de IT, y al alta médica se reanuda el paro por el tiempo restante.

Fuentes normativas

  • LGSS arts. 158 y siguientes
  • RD 84/1996

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