Las bases de cotización son las cuantías mensuales sobre las que se aplican los tipos de cotización a la Seguridad Social. Determinan tanto el importe de las cuotas que paga la empresa y el trabajador como, posteriormente, la cuantía de las prestaciones contributivas (paro, jubilación, incapacidad temporal y permanente, muerte y supervivencia).
Marco normativo
- Texto refundido LGSS, arts. 147 a 149.
- Orden anual de cotización del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
Tipos de base
Por contingencias comunes (BCCC)
Cubre enfermedad común, accidente no laboral, jubilación, maternidad, paternidad, viudedad. Es la base más usada.
Por contingencias profesionales (BCCP)
Cubre accidente de trabajo y enfermedad profesional. Esta base, más las horas extraordinarias, es la que se usa para calcular la base reguladora del paro.
Estas dos bases suelen coincidir en cuantía en la mayoría de los casos, pero pueden divergir cuando hay conceptos no cotizables o no homogeneidad de horas extras.
Límites legales
Cada año la Ley de Presupuestos fija:
- Base máxima: tope superior común a todos los regímenes (en torno a 4.700 €/mes en referencias 2025-2026, según grupo de cotización).
- Bases mínimas: distintas según el grupo profesional. Ningún trabajador puede cotizar por debajo de esa mínima.
Si tu salario está por encima de la base máxima, cotizarás por la base máxima y tu prestación se calculará sobre ella, no sobre el salario real.
Ejemplo práctico
Un trabajador con salario bruto mensual de 2.500 € y dos pagas extras anuales:
- Salario anual: 2.500 × 14 = 35.000 €.
- Base mensual de cotización: 35.000 / 12 = 2.917 €.
- Tope máximo 2026: pongamos 4.700 €. La base no se topa.
- Cotiza sobre 2.917 €/mes.
Otro trabajador con salario bruto de 6.000 € mensuales:
- Base teórica: 7.000 €/mes (con prorrata).
- Tope máximo: 4.700 €. Cotiza sobre 4.700 €.
- Su paro futuro se calculará sobre 4.700 €, no 7.000 €.
Relación con el paro
Para calcular la base reguladora de la prestación contributiva por desempleo, el SEPE toma la suma de las bases por contingencias profesionales (BCCP) de los últimos 180 días cotizados y la divide entre 180.
Cómo consultar las propias
- Informe de bases de cotización en la sede electrónica de la Seguridad Social.
- Aparece desglosado mes a mes con tipo de base, días y empresa.
Errores frecuentes
- Asumir que el salario bruto = base de cotización: no siempre coinciden. Dietas no cotizables, indemnizaciones exentas, planes de pensiones de empresa, etc. pueden hacer diverger ambas cifras.
- Olvidar el tope superior: si el salario es muy alto, la prestación futura no escala. Hay un límite implícito.
- Confundir bases con cuotas: la base es sobre lo que se calcula; la cuota es lo que se paga. Cuota = base × tipo.