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Calculadora

Pago único para emprender

Si tienes prestación pendiente y un proyecto viable, puedes cobrar parte o la totalidad de tu paro como pago único. Calcula qué modalidad te conviene y cuánto puedes recibir.
La que figura en tu resolución de paro.
Mínimo 3 meses para poder capitalizar.

Puedes capitalizar

Prestación pendiente total19.800 €18,00 mes(es) × 1100 €
Pago único máximo19.800 €100 % de la prestación pendiente, sujeto a justificación
Cuota mensual SS si optas por abono mensual230 €Aproximación a la cuota mínima de autónomo (sin tarifa plana)

Modalidades recomendadas

  • Pago único íntegro destinado a inversión (justificable con facturas).
  • Modalidad mixta: parte como pago único + parte como abono mensual de cuotas a la Seguridad Social.
  • Solo abono mensual de cuotas: el SEPE paga directamente tu cuota como autónomo durante los meses pendientes.

Requisitos adicionales a verificar

  • No haber capitalizado en los 4 años anteriores y no haber iniciado la actividad antes de la concesión.
  • La actividad debe iniciarse en el plazo máximo de 1 mes desde la concesión.

Las tres modalidades

  • Pago único 100 %: todo el paro pendiente cobrado de una vez para inversión. Modalidad mayoritaria (~60-70 % de las capitalizaciones).
  • Mixta: parte como pago único (límite de inversión justificada) + parte reservada para que el SEPE pague tus cuotas mensuales a la Seguridad Social hasta agotar.
  • Solo cuotas: nada como pago único; el SEPE asume mensualmente la cuota de autónomos hasta agotar el importe.

Detalle en capitalizar el paro y capitalización parcial.

Ejemplos típicos

Ejemplo 1: paro pendiente 12 meses × 1.200 € = 14.400 €

  • Capitalización 100 %: 14.400 € en cuenta para inversión.
  • Tarifa plana autónomos 80 €/mes los primeros 12 meses: cuotas pagas tú.

Ejemplo 2: modalidad mixta — mismo importe

  • Inversión justificada (equipo, dominio, asesoría): 4.000 €.
  • Pago único: 4.000 €.
  • Reserva cuotas: 10.400 €. Cuota autónomos 310 €/mes → SEPE paga ~33 meses.

Ejemplo 3: paro pendiente corto (3 meses × 950 € = 2.850 €)

  • Capitalización 100 % preferible: importe pequeño, mejor liquidez inicial.

Requisitos imprescindibles

  • Estar percibiendo o tener pendiente prestación contributiva (no subsidios).
  • Tener al menos 3 meses pendientes de cobro.
  • No haber capitalizado en los 4 años anteriores.
  • Iniciar actividad como autónomo, socio trabajador de sociedad mercantil o socio de cooperativa.
  • Solicitar antes de darse de alta.
  • Mantener la actividad mínimo 5 años o devolver íntegro lo capitalizado (con exención IRPF).

Casos especiales

  • Compatibilidad con tarifa plana RETA: sí, son compatibles.
  • Cooperativas y SLU: válido para socios trabajadores con vinculación laboral real.
  • Devolución obligatoria: si se cierra antes de 5 años. Se regulariza en IRPF la cantidad correspondiente.
  • Capitalización fallida: si el proyecto no arranca, puede solicitarse reanudación de la prestación pendiente (no de la capitalizada).

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Preguntas frecuentes

¿Qué es la capitalización del paro?
Es la opción de cobrar de una sola vez parte o el total de la prestación contributiva pendiente para iniciar una actividad por cuenta propia (autónomo) o aportar capital a una sociedad mercantil de la que se vaya a ser socio trabajador.
¿Cuánto puedo capitalizar?
Si te haces autónomo, puedes capitalizar el 100 % de tu prestación pendiente. Si entras como socio trabajador de una sociedad mercantil, hasta el 100 % también; el reparto puede ser pago único parcial para inversión + abono mensual del resto como bonificación a la cuota de autónomos.
¿Tributa la capitalización en el IRPF?
El pago único está exento del IRPF siempre que se mantenga la actividad como autónomo o como socio trabajador durante al menos 5 años. Si se incumple ese plazo, hay que regularizar incluyendo la cantidad recibida.
¿Puedo capitalizar si ya estoy cobrando el paro?
Sí. Puedes solicitarlo en cualquier momento mientras te quede prestación pendiente, antes de iniciar la actividad. Si ya estás dado de alta como autónomo, la solicitud no procede.